HIDRÓLISIS + ELIMINACIÓN DE CADÁVERES

La hidrólisis seguida de eliminación es un método de almacenamiento temporal de cadáveres y otros subproductos de la especie porcina generados en la propia explotación ganadera, durante el que se producen fenómenos espontáneos de auto hidrólisis bajo determinadas condiciones, requisitos y prescripciones.

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) consideró que este sistema puede utilizarse como medio temporal de almacenamiento a condición de que todo el material obtenido se procese de acuerdo con los requisitos establecidos para los materiales de categoría 2.

La normativa europea en esta materia permite a determinados Estados miembros, entre ellos España, autorizar el uso de dicho método a cambio del compromiso de establecer estrictos controles sobre los operadores para prevenir posibles riesgos sanitarios o medioambientales.

Línea de proceso: hidrólisis seguida de eliminación de cadáveres de porcino.

Línea de proceso: hidrólisis seguida de eliminación de cadáveres de porcino. (ampliar)

Esta normativa exige, entre otros:

  1. Que se controlen regularmente los contenedores para verificar la ausencia de corrosión y de fugas. 
  2. Disponer de suficiente capacidad de almacenamiento de acuerdo al censo de la explotación.
  3. La eliminación o uso de los materiales hidrolizados por medios diferentes a los permitidos en esta norma será causa de retirada permanente de la autorización.
  4. Las autoridades competentes compararán, mediante inspección de los registros de cada operador, las cantidades de materiales introducidas en los contenedores y las recogidas por las plantas que realizan la retirada y gestión de los materiales hidrolizados.
  5. Una vez alcanzada la capacidad máxima del contenedor, se procederá a su cierre hermético y permanente durante un periodo mínimo de tres meses.
  6. Los materiales hidrolizados serán retirados por un transportista registrado.

Los contenedores deberán:

  1. Ser impermeables, a prueba de fugas y herméticos. Contarán con un sello de seguridad para evitar aperturas indeseadas.
  2. Estar dotados de un dispositivo que recoja las emisiones gaseosas, equipado con filtros que prevengan la difusión de enfermedades transmisibles a las personas y los animales.

Los materiales hidrolizados deberán ser:

  1. Eliminados por incineración o coincineración sin procesamiento previo, o tras su procesamiento por esterilización a presión si así lo exige la autoridad competente y el marcado permanente del material resultante.
  2. Eliminados en un vertedero autorizado previo procesamiento por esterilización a presión y marcado permanente del material resultante.
  3. Compostados o transformados en biogás previo procesamiento por esterilización a presión y el marcado permanente del material resultante.
  4. Estas operaciones deberán llevarse a cabo por lotes y realizarse exclusivamente en el territorio nacional.

Queda prohibida cualquier otra manipulación o uso de los materiales hidrolizados incluyendo, especialmente, su aplicación directa a la tierra.